● Se podrán habilitar filtros en los accesos de lugares donde se consuman debidas alcohólicas, para invitar a los asistentes a no introducir cigarros
● Diputada Monserrat Rodríguez, la inicialista
Mexicali, B.C., miércoles 15 de noviembre de 2023.- Por unanimidad de las y los diputados en Sesión de Pleno, quedó aprobada la reforma a la Ley de Protección Contra la Exposición al Humo de Tabaco, que tiene como fin establecer que en los lugares donde se vendan debidas alcohólicas en envase abierto para su consumo, se podrán establecer en el ingreso, puntos de verificación para evitar la introducción de cualquier producto de tabaco ya sea en paquete, cigarro, cigarrillo o puro.
La legisladora impulsora de la iniciativa, María Monserrat Rodríguez Lorenzo, expuso que esta medida es para proteger los derechos de los no fumadores a vivir y convivir en espacios 100% libres de humo de tabaco y emisiones, para privilegiar su derecho a la salud.
Comunicó que la reforma no pretende restringir el acceso a establecimientos de tal naturaleza, ni instituir un derecho de admisión; sino que la intención es que previo al ingreso, los propietarios o administradores, puedan implementar un mecanismo de revisión para verificar que no se introduzcan dichos productos, e invitar a quien los posee a dejarlos a resguardarlos fuera del establecimiento.
“Es necesario concientizar a la población de que a exposición al humo de tabaco representa un generador de diversas enfermedades que muchas veces conllevan a la muerte, y no solo daña a quienes los consumen, también afecta a los no fumadores expuestos al humo de segunda mano”, dijo Monserrat Rodríguez.
El director general de la Organización Mundial de la Salud, Dr. Tedros Adhanom Ghebreyesus, señalo que cada año el tabaco mata a 8 millones de personas, como mínimo, y varios millones padecen cáncer de pulmón, tuberculosis, asma o enfermedades pulmonares crónicas causadas por el tabaco, mismo que no solo daña a los fumadores activos, sino también a los pasivos.
La diputada reiteró que la modificación al artículo 27 de la ley en materia, solo busca recomendar a los propietarios de estos establecimientos, la implementación de los filtros, y al igual no establece la orden de retirarles a los clientes las cajetillas ni cualquier otro derivado del tabaco, “la intención es crear una medida voluntaria y no obligatoria, pero que genere conciencia colectiva sobre los efectos dañinos que produce el consumo y humo del tabaco”.