Reforma al CFF permite embargos del SAT si el contribuyente no garantiza el crédito fiscal

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) tendrá mayor capacidad para asegurar el cobro de créditos fiscales, luego de la reforma al artículo 141 del Código Fiscal de la Federación (CFF), que obliga a los contribuyentes a garantizar el interés fiscal desde la primera instancia de defensa.
El abogado fiscalista Jorge Alberto Pickett Corona explicó que esta medida se aplicará cuando la persona física o moral impugne una resolución o crédito fiscal mediante un recurso de revocación o juicio. Si no se presenta una garantía desde ese momento, la autoridad podrá embargar cuentas bancarias, bienes muebles e inmuebles, o intervenir la negociación del contribuyente.
Pickett Corona señaló que esta obligación incrementa la presión financiera sobre quienes enfrentan controversias fiscales, ya que deberán asegurar recursos o bienes para evitar actos de cobro mientras se resuelve el litigio.
Entre las opciones para garantizar el crédito fiscal se encuentran: depósito en dinero, carta de crédito, fianza, hipoteca, prenda, embargo, títulos valor o cartera de créditos. Sin embargo, la reforma establece un orden obligatorio, dando prioridad al depósito en efectivo en instituciones autorizadas, como Banco del Bienestar o Banco del Ejército.




De acuerdo con el especialista, el objetivo principal de este cambio es asegurar la recuperación de los créditos fiscales en disputa, aunque podría generar afectaciones económicas directas para empresas con procedimientos fiscales abiertos.
Pickett Corona recomendó a los contribuyentes mantenerse informados y consultar asesoría profesional, especialmente si se encuentran en medio de un proceso de defensa ante el SAT.