
EMBARGADO HASTA LAS 10:30 A.M. ET, JUEVES 13 DE
NOVIEMBRE
Comunicado de prensa: noviembre 13, 2025
Contacto: Asuntos Públicos del Tesoro, Press@Treasury.gov
El Tesoro y Gobierno de México apuntan a organización
criminal transnacional
WASHINGTON — Hoy, la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC, por sus siglas
en inglés) del Departamento del Tesoro y la Red de Control de Delitos Financieros (FinCEN, por
sus siglas en inglés) se unieron al gobierno de México para atacar al Grupo de Crimen
Organizado Hysa y numerosos establecimientos de juego con sede en México involucrados en el
lavado de dinero relacionado con los cárteles y una serie de otras actividades delictivas en
México y Europa. Esta acción coordinada es el resultado de los recientes compromisos entre
Estados Unidos y México, asegurados durante el viaje del Subsecretario del Tesoro para
Terrorismo e Inteligencia Financiera, John K. Hurley, para trabajar juntos más estrechamente para
combatir el narcotráfico y los delitos financieros relacionados por parte de los cárteles de la
droga con sede en México y otros grupos.
“Estados Unidos y México están trabajando juntos para combatir el lavado de dinero en el sector
del juego y apuestas en México. Nuestro mensaje a quienes apoyan a los cárteles es claro:
rendirán cuentas”, dijo el subsecretario del Tesoro para Terrorismo e Inteligencia
Financiera, John K. Hurley.
“Agradecemos al Gobierno de México por su sólida colaboración
en este esfuerzo”
.
La OFAC sancionó hoy a 27 personas y entidades, y FinCEN propuso una medida especial para
cortar el acceso de 10 establecimientos de juego con sede en México al sistema financiero de EE.
UU. debido a preocupaciones de lavado de dinero.SANCIONES DE LA OFAC CONTRA EL GRUPO DE CRIMEN ORGANIZADO HYSA
El Grupo de Crimen Organizado de Hysa (HOCG), el cual incluye a los miembros de la
familia Luftar Hysa (Luftar), Arben Hysa (Arben), Ramiz Hysa (Ramiz), Fatos Hysa
(Fatos) y Fabjon Hysa (Fabjon), ha utilizado su influencia a través de sus inversiones o control
sobre varias empresas con sede en México, incluidos establecimientos de juego y restaurantes,
para lavar las ganancias del tráfico de narcóticos. Se cree que el HOCG opera con el
consentimiento del Cartel de Sinaloa, que mantiene el control criminal sobre gran parte del
territorio donde el grupo realiza sus actividades.
Luftar, establecido entre México y Canadá, es frecuentemente visto es frecuentemente como un
miembro líder de la familia Hysa, dando entrevistas públicas sobre los negocios de su familia en
México y Europa. Luftar, Fatos, Arben y Fabjon han trabajado cercanamente con una persona
estadounidense para lavar dinero, incluido el movimiento de grandes cantidades de efectivo
desde México a los Estados Unidos, donde se utilizó la empresa de la persona estadounidense
para lavar los fondos. Luftar y Arben han utilizado una empresa establecida en Europa para
enriquecerse de lavar fondos ilícitos pertenecientes a presuntos narcotraficantes. Luftar también
posee o dirige varias empresas utilizadas por el HOCG.
Arben posee o dirige varias empresas utilizadas por el HOCG en México. Arben también ha
estado involucrado en el contrabando de efectivo de grandes cantidades a los Estados Unidos
para el propósito de lavar dinero, y el uso de establecimientos de juegos y restaurantes de lujo en
México para lavar dinero de droga.
Ramiz ha estado involucrado en el uso de establecimientos de juego y restaurantes de lujo en
México como fachadas para lavar las ganancias de la venta de narcóticos.
Fatos, junto con Luftar, Arben y Fabjon, estuvo involucrado en el contrabando de dinero en
efectivo a granel a los Estados Unidos con el propósito de lavar dinero. Fatos y Fabjon también
estuvieron involucrados en el uso de una entidad con sede en Europa para enriquecerse con el
lavado de fondos ilícitos pertenecientes a presuntos narcotraficantes.
Con la acción de hoy, OFAC también está señalando a varias personas y entidades en relación
con la de HOCG. Entretenimiento Palmero, S.A. de C.V., establecida en México., propiedad
de Arben, es central a las operaciones de HOCG. Gilberto López López de nacionalidad
mexicana actúa como su notario, mientras tanto Eselda Baku (anteriormente Eselda Hysa), de
nacionalidad albanesa, pero establecida en México, hija de Ramiz, forma parte de su consejo de
directores. Empresas adicionales señaladas con esta acción incluye:
• Bliri S.A. de C.V. (México)
• Cucina Del Porto S.A. de C.V. (México)
• Diversiones Los Mochis S.A. de C.V. (Mexico)
• El Arte de Cocinas y Beber S.A. de C.V. (Mexico)
• Entretenimiento Villahermosa S.A. de C.V. (Mexico)
• Entretenimiento Y Espectaculos B.C. S.A. de C.V. (Mexico)• Grupo Internacional Canhysamex S.A. de C.V. (México)
• H Hidrocarburos S.A. de C.V. (Mexico)
• Hysa Forwarders S.A. de C.V. (México)
• LH Pro-Gaming S.A. de C.V. (México)
• LH Rental S.A. De C.V. (México)
• Operadora Alejil S.A. De C.V. (Mexico)
• Operadora de Empresas LH S.A. de C.V. (Mexico)
• Procesadora de Alimentos Hs S.A. de C.V. (Mexico)
• Rosetta Gaming S.A. de C.V. (México)
• Hysa Holdings Inc (Canadá)
• Rosetta Gaming Inc (Canadá)
• Rosetta Gaming SP ZOO (Polonia)
El Tesoro está designando al Grupo de Crimen Organizado de Hysa de conformidad con la
Orden Ejecutiva 13581, según enmendada, por ser una persona extranjera que constituye una
organización criminal transnacional significativa.
El Tesoro está designando a Luftar Hysa, Arben Hysa, Fatos Hysa, Ramiz Hysa y Fabjon Hysa
de conformidad a la Orden Ejecutiva 13581, en su forma enmendada, por ser propiedad
controlada o dirigida, o haber actuado para, o en representación directa, o indirecta del Grupo de
Crimen Organizado de Hysa.
El Tesoro esta designando a Entretenimiento Y Espectaculos B.C. S.A. de C.V., Hysa Holdings
Inc, y Rosetta Gaming Inc, de conformidad a la E.O. 13581, en su forma enmendada por ser
propiedad, o por ser controlada, o dirigida, o haber actuado, o pretendido actuar para, o en
representación directa, o indirecta de Luftar Hysa.
El Tesoro esta designando a Diversiones Los Mochis S.A. de C.V., Entretenimiento Palmero
S.A. de C.V., Entretenimiento Villahermosa S.A. de C.V., Grupo Internacional Canhysamex
S.A. de C.V., H Hidrocarburos S.A. De C.V., y Procesadora De Alimentos S.A. De C.V. de
conformidad a la E.O. 13581, en su forma enmendada por ser propiedad, o por ser controlada, o
dirigida, o haber actuado, o pretendido actuar para, o en representación directa, o indirecta de
Arben Hysa.
El Tesoro está designando a Gilberto López López y Eselda Bakú de conformidad a la E.O.
13581, en su forma enmendada, por ser propiedad controlada o dirigida, o haber actuado para, o
en representación directa o indirecta de Entretenimiento Palmero S.A. de C.V.
El Tesoro esta designando a Bliri S.A. de C.V., Hysa Forwarders S.A. de C.V., LH Pro-Gaming
S.A. De C.V., y Operadora de Empresas LH S.A. de C.V., y Rosetta Gaming S.A. de C.V. de
conformidad a la E.O. 13581, en su forma enmendada, por ser propiedad, o por ser controlada, o
dirigida, o haber actuado, o pretendido actuar para, o en representación directa, o indirecta de
Arben Hysa y Luftar Hysa.
El Tesoro esta designando a Cucina del Porto S.A. de C.V., El Arte de Cocinas y Beber S.A. de
C.V., y Operadora Alejil S.A. de C.V. de conformidad a la E.O 13581 en su forma enmendadapor ser propiedad, o por ser controlada, o dirigida, o haber actuado, o pretendido actuar para, o
en representación directa, o indirecta de Gilberto López López.
IMPLICACIONES DE LAS SANCIONES
Como resultado de la acción de hoy, todos los bienes e intereses en bienes de las personas
designadas descritas anteriormente que se encuentran en los Estados Unidos o en posesión o
control de personas estadounidenses están bloqueados y deben ser reportados a la OFAC.
Además, también se bloquean todas las entidades que sean propiedad, directa o indirectamente,
individualmente o en conjunto, en un 50 por ciento o más de una o más personas bloqueadas. A
menos que esté autorizado por una licencia general o específica emitida por la OFAC, o exento,
las regulaciones de la OFAC generalmente prohíben todas las transacciones realizadas por
personas estadounidenses o dentro (o en tránsito) de los Estados Unidos que involucren cualquier
propiedad o interés en la propiedad de personas bloqueadas.
Las violaciones de las sanciones de los Estados Unidos pueden resultar en la imposición de
sanciones civiles o penales a personas estadounidenses y extranjeras. La OFAC puede imponer
sanciones civiles por violaciones de sanciones sobre una base de responsabilidad estricta. Las
Directrices de Aplicación de Sanciones Económicas de la OFAC proporcionan más información
sobre la aplicación de las sanciones económicas de EE. UU. por parte de la OFAC. Además, las
instituciones financieras y otras personas pueden correr el riesgo de ser expuestas a sanciones por
participar en ciertas transacciones o actividades que involucren a personas designadas o
bloqueadas. Las prohibiciones incluyen la realización de cualquier contribución o provisión de
fondos, bienes o servicios por, para o en beneficio de cualquier persona designada o bloqueada, o
la recepción de cualquier contribución o provisión de fondos, bienes o servicios de dicha
persona.
Además, participar en ciertas transacciones que involucren a las personas designadas puede
conllevar la imposición de sanciones secundarias a las instituciones financieras extranjeras
participantes. La OFAC puede prohibir o imponer condiciones estrictas a la apertura o el
mantenimiento, en los Estados Unidos, de una cuenta corresponsal o una cuenta de pago a través
de una institución financiera extranjera que, a sabiendas, realice o facilite cualquier transacción
significativa en nombre de una persona designada de conformidad con la autoridad competente.
El poder y la integridad de las sanciones de la OFAC se derivan no solo de la capacidad de la
OFAC para designar y agregar personas a la Lista de Nacionales Especialmente Designados y
Personas Bloqueadas (Lista SDN, por sus siglas en ingles), sino también de su voluntad de
eliminar personas de la Lista SDN de conformidad con la ley. El objetivo final de las sanciones
no es castigar, sino provocar un cambio positivo en el comportamiento. Para obtener
información sobre el proceso para solicitar la eliminación de una lista de la OFAC, incluida la
Lista SDN, o para presentar una solicitud, consulte la guía de la OFAC sobre la presentación de
una petición de eliminación de una lista de la OFAC.
Haga clic aquí para obtener más información sobre las personas designadas hoy.FINCEN PROPONE MEDIDA ESPECIAL PARA AISLAR 10 ESTABLECIMIENTOS
DE JUEGO DEL SISTEMA FINANCIERO DE EE.UU.
Concurrentemente, y en coordinación con la OFAC y el Gobierno de México, FinCEN emitió un
aviso de propuesta de reglamentación (NPRM), de conformidad con la sección 311 de la Ley
PATRIOTA, que identificando las transacciones que involucran a 10 negocios de juegos y
apuestas establecidos en México como una clase de transacciones de principal preocupación por
lavado de dinero. El HOCG opera estos establecimientos de juego, que durante años se han
utilizado para facilitar el lavado de dinero que beneficia al Cartel de Sinaloa. Los
establecimientos de juego y apuestas son:
• Emine Casino, ubicado en San Luis Río Colorado, Sonora, México
• Casino Mirage, ubicado en Culiacán, Sinaloa, México
• Midas Casino, ubicado en Agua Prieta, Sonora, México
• Midas Casino, ubicado en Los Mochis, Sinaloa, México
• Midas Casino, ubicado en Guamúchil, Sinaloa, México
• Midas Casino, ubicado en Mazatlán, Sinaloa, México
• Midas Casino, ubicado en Rosarito, Baja California, México
• Palermo Casino, ubicado en Nogales, Sonora, México
• Skampa Casino, ubicado en Ensenada, Baja California, México
• Skampa Casino, ubicado en Villahermosa, Tabasco, México
Para abordar los riesgos que presentan estos establecimientos de juegos y apuestas, FinCEN
propone en el NPRM la imposición de una medida especial que podría: (1) prohibiría a las
instituciones financieras cubiertas abrir o mantener una cuenta corresponsal para cualquier
institución bancaria extranjera si dicha cuenta se utiliza para procesar transacciones que
involucran a cualquiera de los establecimientos de juegos y apuestas; y (2) exigir a las
instituciones financieras cubiertas que apliquen una diligencia debida especial a sus cuentas
corresponsales que esté razonablemente diseñada para protegerse contra el uso de dichas cuentas
para procesar transacciones que involucren a cualquiera de los establecimientos de juegos y
apuestas.
El NPRM de FinCEN, tal como se envió al Registro Federal, está disponible aquí.
Los comentarios sobre el NPRM pueden enviarse a través de https://www.regulations.gov.