
Se creará un padrón nacional de infractores en materia de bienestar animal
El Senado de la República aprobó la Ley General de Bienestar, Cuidado y Protección de los Animales, una legislación que por primera vez reconoce a los animales como seres sintientes y sujetos de cuidado en una norma de alcance nacional.
El dictamen fue avalado con 115 votos a favor, uno en contra y ninguna abstención, y fue enviado a la Cámara de Diputados para continuar su proceso legislativo.
La nueva legislación busca homologar criterios mínimos de protección animal en todo el país y establece competencias entre la Federación, los estados y los municipios para garantizar el bienestar de todas las especies, incluidos los animales destinados al consumo humano.

Corridas de toros y peleas de gallos bajo nuevos estándares de protección
Aunque el dictamen no prohíbe de manera expresa las corridas de toros ni las peleas de gallos, especialistas consideran que abre la puerta a una nueva interpretación jurídica de estas prácticas al incorporar el principio “pro animal” y definir de manera amplia los conceptos de sufrimiento, crueldad y maltrato.
La ley establece que las autoridades deberán favorecer siempre la interpretación que otorgue la mayor protección posible a los animales y que minimice el dolor, el miedo, el estrés y cualquier afectación innecesaria.
Además, serán considerados actos sancionables todas aquellas acciones u omisiones que ocasionen dolor, sufrimiento o pongan en riesgo la vida y el bienestar animal.
Analistas legislativos advierten que este nuevo marco podría convertirse en un referente para futuras discusiones sobre espectáculos y actividades que involucren daño físico a los animales.
Se crean obligaciones para quienes tengan animales bajo su cuidado
La legislación establece obligaciones generales para cualquier persona física o moral responsable de animales.
Entre ellas se encuentran garantizar alimento y agua suficientes, acceso a atención veterinaria, alojamiento adecuado, espacio para movilidad, estímulos físicos y sociales, así como medidas para preservar la integridad y salud de los ejemplares.
Asimismo, los propietarios deberán responder por los daños que sus animales ocasionen a terceros conforme a las disposiciones legales vigentes.

Definen por primera vez conceptos de maltrato y sufrimiento animal
Uno de los aspectos centrales del dictamen es la incorporación de definiciones jurídicas que servirán como referencia nacional.
La ley considera maltrato cualquier acción u omisión que provoque daño físico, mental o conductual a un animal, incluso cuando no exista intención de causar sufrimiento.
Asimismo, define el sufrimiento como cualquier manifestación física, mental o conductual de dolor, miedo o ansiedad, mientras que el bienestar animal queda vinculado a condiciones que permitan a los ejemplares mantenerse sanos, seguros y libres de estrés innecesario.
Habrá multas, decomisos y padrón nacional de infractores
La nueva legislación contempla sanciones administrativas para quienes incurran en actos de maltrato o crueldad animal.
Las medidas incluyen amonestaciones, multas de hasta dos mil Unidades de Medida y Actualización (UMA), arrestos administrativos de hasta 36 horas, decomiso de animales, clausura de establecimientos y revocación de permisos o concesiones.
Además, se creará un padrón nacional de infractores en materia de bienestar animal. Las personas inscritas en este registro no podrán acceder a apoyos públicos relacionados con la protección y cuidado de animales.

Protección se extenderá a animales destinados al consumo humano
Otro de los cambios relevantes es que la ley incorpora expresamente a los animales criados para el consumo humano, un sector que hasta ahora carecía de un marco general de protección a nivel nacional.
El dictamen reconoce la necesidad de establecer condiciones mínimas de bienestar durante la crianza, manejo y matanza de estos animales, siguiendo criterios científicos enfocados en reducir el dolor, el estrés y el sufrimiento.
con información de Infobae