Comisión del Senado aprueba que personas en situación de concubinato accedan a la pensión por viudez

La Cámara Alta deberá reformar la ley del ISSSTE para que quienes se encuentren en esta posición accedan a la prestación
La Comisión de Seguridad Social del Senado de la República aprobó por unanimidad un dictamen que reforma la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) para garantizar el acceso a la pensión por viudez a personas en situación de concubinato.
De acuerdo con reportes periodísticos, el proyecto deroga los candados legales que impedían solicitar dicha prestación cuando existía un cónyuge sobreviviente, cuando la persona concubina estuvo casada o cuando se acreditaba la presencia de más de un concubino.
Comisión del Senado aprueba pensión por viudez a personas en concubinato
La modificación legislativa antes mencionada, parte de acatar criterios emitidos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), mismos que determinaron que las restricciones anteriores vulneraban los principios constitucionales de igualdad, no discriminación y protección a la familia.
En ese sentido, el dictamen modifica diversos artículos de la ley actual para regular la concurrencia de beneficiarios y evitar que los trámites administrativos frenen el cobro de la prestación en cuestión.
La reforma elimina la prohibición de tramitar la pensión cuando la persona concubina estuvo casada previamente o cuando existen reclamos simultáneos de un cónyuge legal. Con este cambio desaparecen los candados que antes frenaban el acceso al beneficio.
Alfonso Cepeda Salas, presidente de la Comisión, explicó que la SCJN declaró inconstitucionales las limitaciones previas. La Corte consideró que esas barreras son incompatibles con los derechos humanos.
Cabe señalar que el objetivo central de la reforma es garantizar el acceso a la pensión. Sin dejar de mencionar que busca impedir que las condiciones de la legislación anterior se conviertan en un obstáculo para la protección económica de las familias tras el fallecimientodel trabajador o pensionado.
La reforma aún se debe aprobar en el Pleno del Senado de al República. Crédito: Senado
Así se deberán administrar los recursos cuando dos o más personas reclamen la pensión
Además, el proyecto establece un mecanismo claro para administrar los recursos cuando dos o más personas tengan derecho a la pensión por viudez.
Cuando dos o más personas acrediten legalmente el derecho a la pensión, el ISSSTE entrega el pago de manera simultánea. El monto se divide en partes iguales entre las y los beneficiarios mientras no exista una sentencia judicial que resuelva el caso.
Si un juez emite un fallo firme que define la titularidad del derecho, el instituto suspende el pago a las personas acreditadas inicialmente. La suspensión opera a partir del momento en que el ISSSTE recibe la notificación oficial de la resolución.
El documento aclara que los montos entregados por el ISSSTE antes de la notificación judicial no generan obligación de reintegro para quienes los reciben. Tampoco implican responsabilidades legales para el instituto.
Derecho que se deriva de las aportaciones de los trabajadores
Durante la discusión en la Cámara Alta, las y los senadores destacaron la naturaleza social, así como el origen de esta prestación económica.
Ante esta situación, la senadora Maki Esther Ortiz Domínguez sostuvo que la pensión por viudez “no es una dádiva ni un privilegio gratuito otorgado discrecionalmente por el Estado”. Se trata, señaló, de un derecho generado por el esfuerzo del trabajador.
La legisladora enfatizó que esta protección surge directamente tras el fallecimiento del derechohabiente. Su fundamento son las cuotas retenidas y acumuladas a lo largo de la vida laboral del trabajador.
Dudas ante la nueva reforma a la Ley del ISSSTE y quiénes pueden acceder a la pensión
En caso de que un trabajador fallecido haya tenidos una cónyuge y también concubina con derecho acreditado, la reforma permitirá que la pensión se otorgue de manera concurrente y deberá dividirse en partes iguales entre las personas beneficiarias acreditadas, mientras un tribunal no emita una sentencia firme sobre el caso.
La reforma derogará varias normas de la Ley del ISSSTE. Crédito: Jesús Almazán
También hay que tener en cuenta que el ISSSTE no pedirá devolver el dinero si un juez modifica la lista de beneficiarios, ya que la iniciativa específica que los pagos realizados de buena fe antes de la notificación judicial no obligan al reintegro de los recursos por parte de quienes los recibieron ni generan sanciones para el instituto.
La reforma responde a sentencias de la SCJN que declararon inconstitucionales las normas que excluían a las personas en concubinato de la pensión por viudez. El cambio busca garantizar el respeto a la igualdad de derechos.
Aunque aún falta que se discuta y vote en el Pleno, por el momento, la Comisión de Seguridad Social del Senado aprobó el dictamen que reforma la Ley del ISSSTE para garantizar el acceso a la pensión por viudez a personas en situación de concubinato.
con información de Infobae