
Vence el día último de mayo el periodo para que personas físicas entreguen su reparto de utilidades, así lo informó el contador público y asesor fiscal Francisco Rebelín Ibarra, agregó que esta es una obligación del patrón que consiste en repartir entre todos sus trabajadores el 10% de la utilidad obtenida durante un año.
Ahora bien, no todas las empresas generan utilidades por lo que, en caso de que no se pague este derecho, se debe revisar la declaración anual de la fuente de trabajo, esta solicitud la puede hacer el sindicato o bien el trabajador directamente en la Secretaría del Trabajo
De igual forma, en caso de que la empresa a pesar de generar utilidades no esté cumpliendo con esta obligación, se deberá interponer primeramente una queja ante la Secretaría del Trabajo quien exhortará al patrón a pagar lo correspondiente.
Asimismo, es obligación de la empresa dar a conocer que se están pagando las utilidades para que, quienes dejaron de laborar pasen a cobrar este derecho.